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desarrollar tus conocimientos sobre la materia. La bibliográfica recomendada
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contenido, junto con otras publicaciones especializadas y contenido publicado
en Internet
Tema 11 Sociedades Mercantiles
Sociedades Mercantiles: Sociedades Civiles con Forma Mercantil.. Personalidad jurídica
de las sociedades mercantiles y las irregulares. El Contrato de Sociedad
Mercantil, Sociedades Mercantiles de Hechos e Irregulares. Clasificación de las
sociedades mercantiles: sociedades de personas y sociedades de capitales.
El contrato de
sociedad
Artículo 1.649
del Código Civil
El contrato de
sociedad es aquel por el cual dos o más personas convienen en contribuir, cada
uno con la propiedad o el uso de las cosas, o con su propia industria, a la
realización de un fin económico común. Requiere que dos o más personas
convengan en contribuir, cada una con la propiedad o el uso de las cosas o con
su propia industria, a la realización de un fin común.
Las
Sociedades Civiles.
Estas se
definen en la Articulo 1649 del C.C. se protocolizan en la Oficina Subalterna
de Registro Público. No tiene objeto mercantil.
Sin embargo
existen sociedades civiles con forma mercantil como lo establece el Artículo
1.651 del C.C
Artículo 1.651
del C.C
las sociedades
civiles adquieren personalidad jurídica y tienen efecto contra terceros desde
que se protocoliza el respectivo contrato en la Oficina Subalterna de Registro
Público de su domicilio, si las sociedades revisten una de las formas
establecidas para las sociedades mercantiles, adquieren personalidad jurídica y
tendrán efecto contra terceros, cumpliendo las formalidades exigidas por el
Código de Comercio.
El
reconocimiento de la personalidad jurídica
las sociedades
mercantiles, adquieren personalidad jurídica y tendrán efecto contra terceros,
cumpliendo las formalidades exigidas por el Código de Comercio. Art. 1.651 del
C.C
El art. 201
establece que las compañías constituyen personas jurídicas distintas de las de
los socios. Ver 228 CCo
El
reconocimiento de la personalidad jurídica consecuencias
El derecho a
un nombre que sirve para identificarla y para distinguirla de las personas
naturales que la integran.
El derecho a
un domicilio, que servirá fundamentalmente para señalar el lugar donde la
sociedad va a actuar y donde se le puede exigir, por regla general, el
cumplimiento de las obligaciones que surjan de su actividad económica.
El derecho a
una nacionalidad, que sirve para determinar las leyes que serán aplicables en
cuanto a su constitución y existencia.
El
reconocimiento de la personalidad jurídica consecuencias
El derecho a
ser sujeto de derechos y obligaciones, como consecuencia del reconocimiento de
la personalidad jurídica. La sociedad tiene entonces capacidad de goce y
capacidad de ejercicio.
El derecho a un patrimonio propio, independiente
del patrimonio de los socios, que viene a constituirse en la garantía para los
terceros que contratan con la sociedad.
El derecho a
su representación legal. La sociedad, persona jurídica, no puede actuar por sí
misma, porque es una creación de la ley
Las
sociedades irregulares
Si en la
formación de la compañía no se cumplieren oportunamente las formalidades que
ordenan los artículos 211, 212, 213, 214 y 215, según sea el caso, y mientras
no se cumplan, la compañía no se tendrá por legalmente constituida. Los socios
fundadores, los administradores o cualesquiera otras personas que hayan obrado
en nombre de ellas, quedarán personal y solidariamente responsables por sus
operaciones. CCo Artículo 219
Sociedad
mercantil irregular personalidad jurídica?
En general,
las sociedades mercantiles, para quedar plenamente constituidas y
adquirir personalidad jurídica, precisan la concurrencia de dos
elementos: que consten en escritura pública y que dicha escritura se inscriba
en el Registro Mercantil.
El Contrato de
Sociedad Mercantil
El contrato de
sociedad se otorgará por documento público o privado. CCo art 211
La compañía
puede formarse mediante escritura pública o privada, otorgada por todos los
suscriptores, en que se compruebe el cumplimiento de los requisitos legales y
se nombren los administradores y las personas encargadas de desempeñar las
funciones de comisarios hasta la primera asamblea general CCo Artículo 247
El Contrato de
Sociedad Mercantil
Se registrará
en el Tribunal de Comercio de la jurisdicción y se publicará en un periódico
que se edite en la jurisdicción del mismo Tribunal, un extracto del contrato de
compañía en nombre colectivo o en comandita simple. CCo Artículo 212
Ver también CCo Artículo 215
Las Sociedades
mercantiles
Artículo
200 CCo
Las compañías
o sociedades de comercio son aquellas que tienen por objeto uno o más actos de
comercio.
Sin perjuicio
de lo dispuesto por leyes especiales, las sociedades anónimas y las de
responsabilidad limitada tendrán siempre carácter mercantil, cualquiera que sea
su objeto, salvo cuando se dediquen exclusivamente a la explotación agrícola o
pecuaria.
Clasificación
de las Sociedades Mercantiles
La doctrina
mercantil ha agrupado estos tipos de Sociedades en tres grupos: las Sociedades
de Personas; las Sociedades de Capitales; y las Sociedades Mixtas, dependiendo
de la importancia que se le atribuya a la condición personal del socio o al
capital de la Sociedad.
Clasificación
de las Sociedades Mercantiles
En las
Sociedades de Personas, cuyo tipo fundamental es la Sociedad en Nombre
Colectivo, la condición personal de los socios es muy importante
Consideradas
como una forma societaria de personas, porque los socios están obligados
solidaria e ilimitadamente por todas las obligaciones que contraiga la sociedad
Clasificación
de las Sociedades Mercantiles
En las
Sociedades de Capital, el elemento humano tiene poca relevancia, el tipo
fundamental de esta clase de sociedad es la Sociedad Anónima, en la cual la
solvencia de los accionistas no influye en la Sociedad, ya que ellos tienen
limitada su responsabilidad al monto del aporte, y el capital está dividido en
acciones de fácil circulación y transmisibilidad.
Clasificación
de las Sociedades Mercantiles
Sociedades
Mixtas : Son aquellas que toman en cuenta ambos, la condición personal del
socio y el capital de la sociedad tanto reúnen características de las
sociedades de personas y piedades de capital, ubicándose dentro de este grupo a
las sociedades en Comandita y a las Sociedades de Responsabilidad Limitada
Clasificación
de las Sociedades Mercantiles
Nuestro CCo
determina en su artículo 201 que las compañías de comercio son
La compañía en
nombre colectivo, en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por
la responsabilidad ilimitada y solidaria de todos los socios. Ver art. 227 s. ,
954 CCo y 1221 y 1671 CC
Clasificación
de las Sociedades Mercantiles
La compañía en
comandita, en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por la
responsabilidad ilimitada y solidaria de uno o más socios, llamados socios
solidarios o comanditantes y por la responsabilidad limitada a una suma
determinada de uno o más socios, llamados comanditarios. El capital de los
comanditarios puede estar dividido en acciones. Ver art. 357 s. CCo y 1221 CC
Clasificación
de las Sociedades Mercantiles
La compañía
anónima, en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por un capital
determinado y en la que los socios no están obligados sino por el monto de su
acción. Ver art. 242 s. CCo
Clasificación
de las Sociedades Mercantiles
La compañía de
responsabilidad limitada, en la cual las obligaciones sociales están
garantizadas por un capital determinado, dividido en cuotas de participación,
las cuales no podrán estar representadas en ningún caso por acciones o títulos
negociables. Ver art. 312 s. CCo
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Sociedades de
Personas: Aspectos Generales de las sociedades En nombre colectivo y En Comanditas